SANTO DOMINGO, República Dominicana.- La sentencia del 168-13 del Tribunal Constitucional cambió la vida de miles al ampliar la definición de tránsito para declarar, entre otras cosas, que ninguna persona nacida desde 1929 hasta 2007, cuyos padres fueran inmigrantes con una situación migratoria irregular, tenían la nacionalidad dominicana.
Opiniones a favor y en contra del Estado desataron un avispero que terminó el 23 de junio de 2014 cuando se promulgó la ley 169-14 para subsanar la situación. A punto de cumplirse cinco años de vigencia de esta norma, los resultados de la misma son cuestionados por la sociedad civil mientras que el Estado no puede exhibir ningún caso que haya podido obtener su nacionalidad mediante el proceso establecido en la ley, haciendo que se convierta en una desesperante espera.
La segunda encuesta nacional de inmigrantes 2017 indica en sus recomendaciones que es vital para el estado que encuentre un mecanismo similar al del grupo B para los descendientes de inmigrantes en condición irregular que quedaron fuera de la ley 169-14 por haberse inscritos en el libro de extranjería entre 2007 y la promulgación de la constitución en 2010.
También sugiere que se encuentre una vía para la documentación de descendientes de extranjeros que pudieron haberse beneficiado con la ley pero no acudieron en el plazo destinado a estos fines.
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